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El siguiente es un listado alfabético de términos de seguros. Da click en la letra inicial de la palabra que buscas para ir hacia ella.

A B C D E F G H I J K L M
N O P Q R S T U V W X Y Z

A
 
Accidentes
Se entiende por accidente la lesión corporal que se deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la voluntad del asegurado. Todo ello, sin perjuicio de la limitación del riesgo que las partes estipulen en el contrato.
 
Aceptación
Acto por el que la Entidad Aseguradora decide la admisión y cobertura del riesgo propuesto por el futuro Asegurado.
 
Actuario
Persona licenciada en Ciencias Económicas, cualificado para solventar cuestiones de índole financiera, técnica, matemática y estadística, relativas a las operaciones de seguros.
Acumulación (ver cúmulo de riesgos)
Situación que se produce cuando distintas partes del mismo riesgo están aseguradas de forma simultánea por la misma Entidad aseguradora, en muchos casos sin conocimiento de ella, o cuando distintos riesgos están sujetos al mismo evento. En este último caso, se dice que forman cúmulo los distintos buques o mercancías que, por ejemplo, atracados o almacenadas en un mismo puerto están sujetos a sufrir las consecuencias de un evento meteorológico que se produzca en dicha zona portuaria.
Agente de Aduana
Persona física o jurídica que realiza por cuenta del receptor las gestiones encaminadas a recibir las mercancías del consignatario y hacer el despacho de aduana.
Asesor de Seguros
Persona dedicada fundamentalmente a la producción de seguros y al mantenimiento y administración de la cartera conseguida, realizando las gestiones comerciales y administrativas necesarias para obtener dicho objetivo. La Ley General de Seguros regula el control de la mediación en los contratos de seguros, estableciendo la separación de los mediadores de seguros en dos categorías nítidamente diferenciadas:
1. Agentes
Los Agentes de seguros, personas naturales que a nombre de una empresa de seguros se dedican a gestionar y obtener contratos de seguros, se regirán por el contrato de trabajo suscrito entre las partes y no podrán prestar tales servicios en más de una entidad aseguradora por clase de seguros, y los agentes de seguros, personas naturales que a nombre de una o varias empresas de seguros se dedican a obtener contratos de seguros, se regirán por el contrato mercantil de agenciamiento suscrito entre las partes.
2. Las agencias asesoras productoras de seguros
Personas jurídicas con organización propia, cuya única actividad es la de gestionar y obtener contratos de seguros, para una o varias empresas de seguros o de medicina prepagada autorizada a operar en el país. Las empresas de seguros serán solidariamente responsables por los actos ordenados o ejecutados por los agentes de seguros y las agencias asesoras productoras de seguros, dentro de las facultades contenidas en los respectivos contratos.
Agravación del Riesgo
Situación que se produce cuando en el riesgo asegurado sobrevienen circunstancias que antes no existían y alteran su naturaleza desde el punto de vista asegurador, aumentando la peligrosidad por encima de los niveles existentes cuando se estipuló la prima y el contrato. Es obligación del Tomador notificar a la compañía cualquier circunstancia que agrave el riesgo asegurado. Cuando esto sucede el Asegurador puede modificar el contrato, aceptar el nuevo riesgo o rechazarlo.
All Risk
Ex presión equivalente a "Todo riesgo".
Análisis de Riesgos
Procedimientos utilizados por las Entidades Aseguradoras para lograr un adecuado equilibrio de riesgos. Se concretan en: Selección de riesgos: Aceptación de aquellos riesgos en los que la compañía presume que no le van a originar resultados negativos. Ponderación o clasificación de riesgos: Es la correcta tarificación del riesgo asumido. Previsión de riesgos: Adopción de las medidas de prevención y protección adecuadas. Control de resultados: Medidas que se aplican para obtener el necesario equilibrio técnico. (Franquicias, anulación de pólizas, exclusión de coberturas, etc.).
Anticipo
En el Seguro de Vida es la cantidad que el Asegurador entrega al Tomador de acuerdo con la provisión matemática constituida en la póliza. O los valores que se adelantan en el transcurso de una indemnización para evitar la agravación del riesgo o la propagación del siniestro.
Arbitraje
Fórmula que normalmente se introduce en los contratos de seguro, en virtud de la cual las diferencias que pudieren surgir entre el asegurado y el asegurador respecto de la interpretación de las condiciones de la póliza se someten a la decisión de terceras personas designadas de mutuo acuerdo y en las que se presume una actuación imparcial y objetiva. Este procedimiento se utiliza para evitar procesos judiciales largos, de dudoso resultado por el contenido técnico específico del asunto juzgado y, por supuesto, muy costosos.
Arreglo Amistoso
Situación de acuerdo al que llegan las dos partes sin necesidad de recurrir al dictamen de terceros.
Asegurado
Es la persona sobre cuyas características recae la cobertura del seguro. Ejemplo: En el Seguro de Vida es la persona sobre la que se garantiza la vida, en el Seguro de Incendios es el titular del inmueble cubierto por la póliza, etc.
Asegurador
Persona jurídica que mediante contrato, y a cambio de una prestación económica llamada prima, asume las consecuencias y daños producidos por alguno de los riesgos especificados en la póliza.
Asesor Vida

Persona vinculada a una Entidad Aseguradora cuya actividad consiste fundamentalmente en promocionar la venta de Seguros de vida. Sus funciones se centran principalmente en el asesoramiento a necesidades concretas, aconsejando la solución más apropiada a las necesidades de cada Cliente, e impartir formación y motivar las Redes de venta. Sus objetivos se establecen en relación a ofrecer el mejor servicio y una atención cuidada, dirigido especialmente a los Asegurados a través de las Agencias.

Atraco
Robo con violencia o intimidación a las personas.
Autoseguro

Situación en la que una persona soporta con su patrimonio las consecuencias económicas derivadas de sus propios riesgos. Se constituye ella como su propio asegurador.

Avería
Término usado en el seguro marítimo y que es sinónimo de siniestro.
Avería Particular o Simple
Son los daños sufridos por un buque o la mercancía que transporta, como consecuencia de un hecho fortuito o imprevisto. Sus efectos económicos afectan al propietario, al beneficiario, a terceras partes de la parte accidentada o a su asegurador.
Avería Gruesa o Común
Existe un acto de avería gruesa cuando, y solamente cuando, se ha hecho o contraído intencionada y razonablemente algún gasto o sacrificio extraordinario para la seguridad común, con el objeto de preservar de un peligro a las propiedades comprometidas en un riesgo marítimo común. Sus consecuencias económicas se distribuyen proporcionalmente entre los bienes beneficiados por dicho acto voluntario.
Aviso de Rescisión
Notificación por alguna de las partes del contrato de seguros notificándole a la otra la decisión de dejar sin efecto la póliza.
Aviso de Siniestro
Documento mediante el cual el Asegurado o su Agente, comunica al Asegurador la ocurrencia de un accidente determinado, cuyas características coinciden, en principio, con las previstas en la póliza en su definición de coberturas admitidas.

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B
 
Bases Técnicas
Nombre que reciben los cálculos actuariales y que dan lugar, para cada ramo o modalidad, a la determinación de la prima.
 
Beneficiario
Persona designada en la póliza por el asegurado o tomador del seguro como titular de los derechos indemnizatorios que se establecen en dicho contrato.
 
Bienes Asegurables
Término usado en el seguro marítimo, y por extensión en todo el seguro de transportes, para designar al objeto asegurado, se trate de un buque, mercancía o cualquier otro bien mueble que esté expuesto a los riesgos de transporte.
 
Bienes Muebles
A efectos del seguro marítimo se entiende por bien mueble cualquier propiedad o bien tangible que siendo móvil no sea un buque, ya que éste está calificado como bien inmueble al poder ser objeto de hipoteca entre otras razones. Por tanto en esta definición se incluye cualquier tipo de mercancía que se transporte, objetos de valor, dinero efectivo, valores convertibles o no, colecciones, etc.
 
Bodega
Espacios de un buque que se destinan para la estiba de la mercancía que transporta. Su ubicación, diseño, división, etc. se realiza en función de las características especificas de la mercancía, o tipo de tráfico para el que se destina el buque.
 
Bonificación
Reducción de la prima a consecuencia de ciertos requisitos especificados en la póliza.
 
Bonus - Malus (Descuento x Buena Experiencia)
Sistema de tarificación, utilizado principalmente en el Seguro de Automóviles, que permite aumentos o disminución en el importe de la prima de acuerdo con la siniestralidad del Asegurado. Facilita que cada persona pague lo justo de acuerdo con el uso que realice del bien asegurado.
 
Bordero
Documento en el que figuran una serie de conceptos respecto a los cuales se facilita información.
 
Broker
Término anglosajón que es sinónimo de corredor de seguros o reaseguros (Ver Agente).
 
Bureau Veritas (Ver Sociedad Clasificadora)
Institución, con sede en París y corresponsales en todo el mundo, que se dedica a la clasificación de buques. También realizan otras actividades relacionadas con el mundo del transporte o de la calidad.
 
Burning Cost
Se trata de un término utilizado en el reaseguro de exceso de pérdidas, equivalente al coste neto teórico que va a cargo de los reaseguradores cuando se presenta a cotización un programa de excesos. Se calcula como un porcentaje sobre las primas netas totales percibidas por la Compañía cedente durante un período anterior al que se cotiza; a ser posible se deben considerar los últimos cinco años. Es, en esencia, el coste de los siniestros contra una cobertura de exceso de pérdidas, expresado conforme se ha indicado como una tasa. Sobre dicha tasa neta el reasegurador aplica un recargo equivalente al beneficio razonable que estima obtener. Este recargo se expresa como una fracción del coste siniestral, por ejemplo, 100/80 representa un recargo del 25%.
 
C
 
Cabeza Aseguradora
En el Seguro de Vida es la expresión utilizada para designar a la persona asegurada.
 
Cálculo de Probabilidades
Sistema que permite establecer con relativa exactitud la probabilidad de que ocurra un hecho determinado. Se basa en el principio de que si bien los hechos son fortuitos, si se analiza gran cantidad de ellos durante un cierto tiempo, es posible deducir la existencia de una determinada constante o frecuencia en los mismos. Cuanto mayor sea la cantidad de hechos comprendidos y más dilatado el periodo de observación, más aproximadas a la realidad resultarán las conclusiones que se obtengan. Mediante la aplicación de cálculos estadísticos y la Ley de los Grandes Números, el Asegurador obtiene los elementos necesarios para calcular el posible número de siniestros y sus probables costos, mediante lo cual podrá establecer las tarifas.
 
Capital Aceptado
Es la suma o capital cedido a una Entidad Reaseguradora y aceptado por esta. (Véase "Reaseguro").
Capital Asegurado
Valor atribuido por el Tomador a los bienes cubiertos en la póliza. Es la cantidad máxima que está obligado a pagar el Asegurador en caso de siniestro.
Carga
Mercancías o bienes y propiedades que se llevan por cualquier medio de transporte.
Cargador
El que remite o envía mercancía para su transporte.
Carta de Crédito
Documento que autoriza al pago de una cantidad a la persona en él nominada. Es normalmente utilizada en el comercio internacional para autorizar al banco indicado en dicha carta a pagar el importe de la misma, siendo generalmente un documento irrevocable.
Carta de Garantía
Documento que el asegurador facilita al asegurado en reconocimiento de las obligaciones contraídas con motivo de la celebración de un contrato de seguro. Tiene carácter provisional y se entrega en tanto y cuanto se emite la correspondiente póliza o contrato de seguro. También es un documento por el cual un asegurador reconoce frente a un tercero que reclama a su asegurado, que éste dispone de un contrato de seguro celebrado con él y que a tenor de las garantías y límites establecidos en el mismo se responsabiliza de las indemnizaciones a las que el asegurado debería hacer frente, en caso de imputación de responsabilidad.
Carta de Subrogación
Documento que faculta al asegurador para ejercer los derechos del asegurado frente a terceros responsables de pérdidas o daños causados al objeto asegurado, una vez indemnizado el siniestro a tenor de las garantías prestadas por el seguro.
Cartera de Seguros
Conjunto de pólizas cuyos riesgos están cubiertos por una Entidad Aseguradora. Se pueden considerar como cartera el número total de pólizas vigentes o la suma total de las Primas. Cartera del Agente.: Es el conjunto de pólizas vigentes al terminar el ejercicio. Las pólizas que se formalizan a lo largo del ejercicio siguiente reciben el nombre de Producción Nueva.
Casco
A efectos del seguro, es el propio buque, aeronave, contenedor, etc., sobre el que se establece el capital asegurado.
Causa Próxima
Es la causa directa de la pérdida o daño al objeto asegurado, si bien no tiene por que ser necesariamente la causa más cercana en el tiempo.
Causa Remota
Es la causa o serie de causas que desencadenan un acto dañoso, siendo la más lejana de las causas que finalmente producen una pérdida o daño.
Clasificación
Palabra que se utiliza para referirse a buques que están inscritos y controlados técnicamente por alguna de las Sociedades que existen al efecto (ejemplo, LLOYD'S REGISTER OF SHIPPING, BUREAU VERITAS, AMERICAN BUREAU OF SHIPPING, ETC.).
Cláusula
Acuerdo establecido en el Contrato mediante el cual se modifica, aclara o deja sin efecto, parte del contenido de las Condiciones Generales de la póliza.
Coaseguro
Recibe este nombre la ocurrencia de dos o más Entidades Aseguradoras en la cobertura de un riesgo. Es uno de los sistemas utilizados por los Aseguradores para homogeneizar su cartera, ya que solo participan en determinados riesgos y en la proporción que técnicamente consideran aconsejable. El Asegurador que acepta el riesgo directamente del Asegurado se llama Abridor. Según la forma en como se efectúe podemos distinguir:
Coaseguro Directo: El Asegurador cede parte del riesgo a otros Aseguradores informando al Asegurado.
Coaseguro Impuesto: El Asegurado decide que la cobertura la realicen dos o más Aseguradores.
Coaseguro Interno: El Asegurador directo realiza el Coaseguro sin informar al Asegurado y responde ante el Asegurado de todo el riesgo.
Administrativamente el coaseguro puede ser de póliza única, en cuyo caso la firman todos los Coaseguradores, fijándose el porcentaje de participación, o de pólizas separadas, en el que cada Coasegurador emite su propia póliza garantizando su participación individual.
Comisión de Nueva Producción
Se distingue de la Comisión de cartera en que se percibe durante el primer año de vigencia de la póliza.
Confiscación
Es un acto, generalmente político, por el que se priva de un bien a su legítimo propietario. Las causas pueden ser varias, desde políticas hasta administrativas por contravención de determinadas normas.
Conocimiento de Embarque
Contrato de transporte marítimo o aéreo, más popularmente conocidos como B/L o Air B/L (bill of lading o air bill of lading).
Contenedor
Gran caja, generalmente metálica de varias formas, dimensiones y materiales, donde se estiban las mercancías para facilitar su manipulación, así como para minimizar los daños durante su transporte. Cuando se trata de contenedores para transporte aéreo, se los llama comúnmente "iglúes".
Contrabando
Mercancía que entra ilícitamente a un país.
Contrato de Seguro
Documento suscrito con una Entidad Aseguradora en el que se establecen las normas que han de regular la relación contractual entre ambas partes, (Asegurador y Asegurado), especificando sus derechos y obligaciones. El contrato con una Compañía tiene carácter mercantil y en el se agota el contenido de las relaciones entre ambas. El contrato con una Mutualidad tiene carácter civil y es un reflejo parcial de las relaciones entre ambos, que se hallan también reguladas por los Estamentos y Estatutos de cada entidad. Se caracteriza el contrato por que ha de ser: Consensual, bilateral, aleatorio, oneroso, de adhesión y estar basado en la buena fe.
Cotización
Oferta de precio que pasa el asegurador para garantizar determinados bienes o responsabilidades.
Cúmulo
Se aplica en aquellos casos donde se produce una suma de capitales asegurados que pudieran verse expuestos o afectados por un mismo siniestro. Este cúmulo, puede ser conocido o desconocido para el asegurador, razón por la que debe protegerse con los medios disponibles (Reaseguro).
C&F
Abreviatura por la que se conoce la modalidad de compra-venta "COST FREIGHT" o lo que es lo mismo "COSTO Y FLETE". En la práctica significa que el vendedor no tiene la obligación de gestionar el seguro.
C.I.F.
Abreviatura por la que se conoce la modalidad de compra-venta "COST, INSURANCE AND FREIGHT", o lo que es lo mismo "COSTO, SEGURO Y FLETE". En la práctica significa que el vendedor, además de la venta y del transporte, debe gestionar el seguro por cuenta del comprador, nombrándole beneficiario del mismo.

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D

Daño
Perdida corporal o material producida a consecuencia de un Siniestro.
 
Debida Diligencia
Resumidamente, es el deber que tiene cualquier asegurado de actuar en todo momento como si no lo estuviera; por lo que deberá tomar todas las medidas que estén a su alcance e incurrir en aquellos gastos que razonablemente pudieran ser necesarios para evitar o minimizar los daños al objeto asegurado. Este tipo de gastos, siempre y cuando no sean desproporcionados, serán indemnizados por la póliza de seguro, de acuerdo con las condiciones establecidas en la misma.
 
Declaración (Ver Aplicación)
Además, este tipo de comunicaciones al seguro, generalmente a pólizas abiertas o flotantes, pueden ser PROVISIONALES (cuando no se conocen todos los datos relativos a una expedición o embarque) o DEFINITIVOS. También puede efectuarse utilizando cualquier otro documento distinto de la aplicación, si así se acuerda en la póliza (Ej. Certificado de seguro) o cualesquiera medios de comunicación escrita disponibles (carta, telex, fax, etc.).
 
Deducible
Cantidad o porcentaje establecido en la póliza de seguro que corre siempre por cuenta del asegurado, por lo que el asegurador siempre indemnizará en exceso de la cifra o porcentaje acordado.
 
Defecto Latente
Fallo o defecto oculto que no puede ser descubierto por una persona competente ejerciendo una razonable habilidad profesional en una inspección ordinaria.
 
Depreciación
Disminución del valor que sufren los objetos a consecuencia del transcurso del tiempo o del uso que de ellos se hace.
 
Desgaste
Deterioro gradual y progresivo que sufren las cosas como consecuencia de su uso habitual, pudiendo llegar en algunos casos a provocar graves daños. Normalmente nunca se amplían las condiciones de cobertura de las pólizas de seguro (buques) para garantizar este tipo de daños, ya que las pérdidas por esa razón son fortuitas y por lo tanto inevitables.
 
Devolución
Restitución a alguien de algo que se le debe. Se denomina también Extorno.
 
Dolo
Simulación que realiza una persona de un siniestro o de sus consecuencias, en perjuicio de otra. Es sinónimo de "mala fe".

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E
Efecto del Seguro
Momento en el que se inicia la vigencia de la póliza. Normalmente coincide con la fecha de emisión. Si no se especifica la hora se entiende las 12h. del mediodía, por ser esta la hora en que antiguamente llegaba el correo a las Compañías.
Embargo
Prohibición gubernamental relacionada con el tráfico marítimo, con las mercancías o con el comercio.
Emisión
Acto de formalizar una póliza.
Entidad Clasificadora
Entidad dedicada a la clasificación de buques mercantes y otros tipos de instalaciones industriales. También algunas actúan como sociedades clasificadoras de normas internacionales de calidad (ISO).
Eslora
Sección longitudinal de un buque.
Estadística
"Es la ciencia que tiene por finalidad recoger y coordinar hechos numerosos en cada especie, de modo que permita obtener relaciones numéricas sensiblemente independientes de las anomalías del azar, y que ponen de manifiesto la existencia de causas regulares cuya acción se combina con las causas fortuitas" (Cournot).
Estiba
Acomodación de la mercancía dentro de un contenedor o en los espacios destinados para la carga en el medio de transporte, de acuerdo con su naturaleza, embalaje y viaje proyectado.
Estibador
Persona o sociedad que se ocupa bajo contrato de las operaciones de carga o descarga en los puertos.
Estribor
Parte derecha de un buque, mirando desde la popa, o en el sentido de la marcha del mismo.
Ex-Gratia
Expresión latina que se utiliza para referirse a actos concesionales o de gracia

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F

Factura Comercial

Documento probatorio del contrato de venta, donde se refleja el tipo de mercancía, la cantidad y su precio.

Facultativo

En su aceptación relativa al seguro, se dice básicamente de la facultad que tiene un asegurador para ceder, en todo o en parte, un riesgo a un reasegurador. Por lo tanto, esa cesión es voluntaria, tanto para la parte que cede el riesgo como para el reasegurador que la acepta.

Fecha de Ocurrencia

Fecha en que se produjo el siniestro objeto de reclamación.

Fletador

Persona o entidad que contrata un buque para transportar mercancías, bien para un viaje, por tiempo y a casco desnudo.

Flete

Precio o remuneración que el fletador debe pagar al armador para disponer del buque, en todo o en parte, o para transportar mercancías.

Franquicia

Cantidad estipulada mediante el contrato de seguros, por la cual el Asegurado se constituye en su propio Asegurador. En caso de siniestro soportará con su patrimonio la parte de los daños que le correspondan. El régimen de franquicias se establece generalmente a iniciativa de la Entidad Aseguradora para que, al existir una repercusión económica del siniestro en el Asegurado, procure éste, con mayor motivo, evitar el siniestro o reducir sus efectos. Si el importe del siniestro es inferior a la cantidad estipulada como franquicia, su coste correrá a cargo del Asegurado. Si es superior, el Asegurador solo indemnizará por el exceso de la Franquicia. La prima de un riesgo sometido a franquicia siempre será inferior que la que correspondería si esta no existiese, ya que en el primer caso, la repercusión económica de un siniestro a cargo del Asegurador es más limitada.

Fuerza Mayor

Se trata de un acontecimiento inesperado y violento, ajeno a la voluntad humana y que por tanto no puede preverse ni evitar sus consecuencias. En su acepción inglesa, se definiría como ACT OF GOD, Acto de Dios.

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G

 
Garantía
Compromiso aceptado por el Asegurador en virtud del cual se hace cargo, hasta el límite estipulado, de las consecuencias económicas derivadas de un siniestro. Es también sinónimo de Seguro ("estar asegurado" "estar garantizado") o de capital asegurado (Si la garantía de la póliza es de US $ 1,000.00 equivale a decir que el capital asegurado es de US $ 1,000.00).
Promesa del asegurado o asegurador de cumplimiento de una obligación. Puede ser explícita o implícita y su incumplimiento se conoce como "ruptura" de la misma pudiendo dar lugar a invalidaciones de contratos o compromisos.
Garete
Palabra utilizada habitualmente en la terminología marítima para describir a un buque o embarcación que va sin gobierno y a merced de las olas, yendo precedida por algún tiempo del verbo "ir".
Gastos
Es un tipo de avería generalmente garantizada bajo cualquier modalidad de Seguro de Transporte y son los desembolsos que el asegurado deberá realizar para salvar la cosa asegurada de un peligro o daño o para minimizar las consecuencias de ello. Pueden ser de varios tipos; de sustitución (en su acepción inglesa de sue and labour), adicionales o complementarios, de reacondicionamiento o separación, de salvaguardia, etc.

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H

 
Hundimiento
Acción y efecto de hundir, vocablo muy utilizado para referirse a la pérdida total de un buque por naufragio.
 
Hundir
Sumergir
 
Huracán
Nombre que se da a los ciclones tropicales, que van acompañados por viento muy fuerte, de fuerza 12 en la escala de Beaufort y velocidades superiores a 2 Km. por minuto.
 
Hurto
Apropiación por descuido de una cosa ajena, con ánimo de lucro, sin el empleo de la fuerza, ni de la violencia o intimidación en las personas. Se diferencia del robo en que en este existe forzamiento o violencia en las cosas y en la expoliación la violencia o amenaza es a las personas.

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I

Incremento de Valor
Es el valor expresado en una póliza para garantizar determinados intereses que sólo se aseguran a condiciones de pérdida total o muy limitadas y cuya aceptación en póliza resulta concluyente para el asegurador.
 
Indemnizar
Realizar el pago de un siniestro para resarcir al asegurado o beneficiarlo de la póliza de un daño sufrido y asegurado por la póliza.
 
Indemnización
Importe que está obligado a pagar contractualmente la Entidad Aseguradora en caso de producirse un siniestro. Es la contraprestación económica que corresponde al Asegurador a cambio del pago de la prima que corresponde al Asegurado.En los seguros sobre personas, la indemnización, corresponde al capital pactado en la póliza.En los seguros sobre cosas, es la reposición económica en el patrimonio del Asegurado del valor del objeto dañado o desaparecido en el siniestro, bien a través de la reposición del objeto o mediante la entrega de una cantidad en metálico equivalente al valor real de los bienes. En cualquiera de los casos la indemnización no puede superar el importe de los perjuicios sufridos, dentro de los límites pactados.
 
Indisputabilidad
Característica de la pólizas de vida en virtud de la cual en caso de inexactitud en las declaraciones del Tomador, que influyan en la valoración del riesgo, el Asegurador, una vez transcurrido un año, no podrá impugnar el contrato.No se admite la indisputabilidad de la póliza cuando se demuestra que ha existido dolo o mala fe por parte del Tomador.
 
Infraseguro
Situación que se produce cuando el valor que el Asegurado o Tomador atribuye al objeto garantizado en la póliza es inferior al que realmente tiene.Ante una situación de este tipo, la Entidad Aseguradora tiene derecho a aplicar la Regla Proporcional.Ejemplo: Si un edifico valorado en US $ 80,000.00. se asegura por US $ 50.000.00, es decir el 62,5 % de su valor real, (Infraseguro) y se produce un siniestro por valor de US $ 60.000.00 la Entidad Aseguradora, en virtud de la Regla Proporcional, solo está obligada a indemnizar por US $ 37.500.00 (el 62,5 %).
 
Inspector
Es una persona competente, con conocimiento y habilidad suficiente para llevar a cabo la inspección de la cosa asegurada y elaborar el informe correspondiente. Cuando la cosa es un buque; se puede distinguir entre varios tipos de Inspectores; el del armador, el de la Sociedad Clasificadora, el de la Autoridad Marina competente sobre la materia, el de la Compañía de Seguros, etc.
 
Inspector de Siniestros
Persona vinculada a una Entidad Aseguradora cuyas actividades fundamentales están relacionadas con la tramitación y resolución de siniestros y el análisis de la siniestralidad de la zona que le ha sido encomendada.
 
Interés Asegurable
Se parte de la base que legalmente ninguna persona queda autorizada a asegurar a menos que tenga un interés asegurable en la aventura; esto es que pueda perder algo si la propiedad en riesgo se pierde, o si fuera legalmente responsable de tales pérdidas, daños o gastos, causados a la propiedad asegurada o a terceros, según sea el caso.

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J

 
Jurisdicción
En su más amplio sentido, es la potestad que las autoridades o tribunales tienen para juzgar y hacer ejecutar lo juzgado (Ej. aguas jurisdiccionales, Jurisdicción de Marina. etc.).

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 No existen términos de seguros con la letra K.

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L

 
Lancha
Es la mayor y más robusta de las embarcaciones menores de un buque. También puede entenderse que es un bote que se utiliza en el tráfico portuario.
 
Liquidación (de avería)
Es el documento elaborado por el tramitador o liquidador de un siniestro, donde se plasman los detalles de la liquidación que da lugar a la indemnización del mismo. La liquidación puede ser de avería particular o de avería gruesa.
 
Lista de Embalaje
Documento donde se detalla la distribución de la mercancías en sus respectivos embalajes y el número y descripción de los mismos.

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M
Muelle

Obra de ingeniería hecha en los puertos, que tiene por objeto ofrecer un paramento vertical y sólido de suficiente calado, que permita atracar con seguridad de costado a los buques, de forma que se permitan las operaciones de carga y descarga de mercancías y personas.

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 N

Naufragio

Pérdida de un buque y su cargamento en la mar, rio o lago.

 
Nave

Buque, barco o embarcación.

 
Navegabilidad
Es la condición o calidad de navegable que debe reunir un buque para hacerse con seguridad a la mar. Esa condición, que es un "Warranty" o "condición imperativa"  en cualquier póliza de seguro, no sólo se extiende al buque, sino a las provisiones, combustibles, equipos, tripulación, etc.
 
Naviero

Propietario de uno o varios buques o embarcaciones.

 
Negligencia

Fallo en la debida actuación o desempeño de una función, servicio u obligación.

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O

 
Objeto del Seguro

Bien material sometido a un riesgo sobre el cual se establece la posible indemnización.

 
Obsolencia

Situación de un bien que queda progresivamente anticuado, con la consiguiente depreciación económica. Puede ser producido por la aparición de nuevas tecnologías o cambios macroeconómicos.

 
Oferta del Seguro

Documento que formaliza el Asegurador en el que se propone las condiciones y terminos en que se llevaría a cabo la cobertura del riesgo.

 
On-Line

En lenguale informático, ordenador que trabaja conectado con otro.

 
Oxidación

Reacción química que se produce en los productos férricos al estar en contacto con el agua, ya sea dulce o salada, o por la humedad medioambiental, produciéndoles daños que pueden llegar a dejarlos inutilizables para el propósito que fueron construidos.

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P
Pago de Indemnizaciones

Principal obligación del Asegurador motivada por la ocurrencia de un siniestro descrito en la póliza.

Pago de Primas

Principal obligación del Asegurado sin la cual no toma efecto el Seguro.

 
Parte de Siniestro

Documento mediante el cual, el Asegurado o el Tomador, comunica al Asegurador la ocurrencia de uno de los riesgos descritos en la póliza.

 
Participación en Beneficios

Acción de compartir las ganancias obtenidas en determinado negocio o actividad.Formula que se adopta en determinadas modalidades del Seguro de Vida, en virtud de la cual se hace participar al Contratante en los beneficios que se produzcan en el grupo de pólizas convenidas con este sistema.Tales beneficios son los que se derivan de la diferencia entre la mortalidad prevista y la real, y por las inversiones de la provisión matemática y la tasa de interés.

 

Pérdida Total

Es cuando el objeto asegurado pierde su naturaleza inherente para cumplir la finalidad a que estaba destinado. También cuando el asegurado se ve desposeído del objeto asegurado irreparablemente. Cabe distinguir entre la Pérdida Total Real o Efectiva, y la Pérdida Total Constructiva.

Se considera Pérdida Total Real o Efectiva, cuando el objeto asegurado queda destruido completamente, cuando el asegurado queda privado irremisiblemente de su uso, o cuando desaparece.

Se considera Pérdida Total Constructiva, cuando el costo y gastos de reparación del objeto es superior al de su valor asegurado, o cuando la pérdida total aparezca como inevitable.

También existe la llamada Pérdida Total Arreglada, que se produce cuando habiendo sufrido el objeto asegurado un daño de gran magnitud, que sin embargo no llega a ser tan importante como para ser declarado Pérdida Total Constructiva, asegurado y asegurador convienen su pérdida de forma pactada, normalmente en una suma inferior a la suma asegurada y dejando los restos a favor del asegurado. Este es un caso bastante típico en el seguro de Buques y de Aeronaves.

 

Peritación

Se da este nombre a la función que desarrollan los profesionales dedicados a la tasación o determinación de las consecuencias económicas derivadas de un siniestro, y en base a las cuales la Entidad Aseguradora determina el importe de la indemnización.

 
Perito

Profesional que informa sobre las causas que han producido un siniestro y valora los daños causados.

 
Perjuicio

Perdida personal o material producida a consecuencia indirecta de un siniestro. Se utiliza este concepto para distinguirlo del daño originado como consecuencia del mismo. Como ejemplo orientativo, si se supone el incendio de una fabrica, el daño es la destrucción del edificio, de la maquinaria y/o de las mercancias; el perjuicio puede ser la perdida de los beneficios que obtendría el propietario por la consecución de las ventas.

 
Persona Física

Sinónimo de persona en su aceptación normal.

 
Persona Jurídica

Persona de naturaleza legal. Sinónimo de Sociedad, Asociación, Fundación,etc.

 
Piratería

Acto ejecutado por personas ajenas al buque, en aras de su lucro personal, y que va en detrimento de los propietarios del mismo o de los cargadores. Robo en el mar.

 
Plan de Pensiones

Institución de previsión voluntaria por la que las personas que lo constituyen tienen derecho, en las condiciones y cuantías establecidas, a percibir una renta o capital en el momento de la jubilación.

 
Plazo de Gracia

Periodo para la renovación de la póliza durante el cual, aunque no esté cobrado el recibo de prima, surten efecto las garantías en caso de siniestro.

 
Póliza

Es el documento que instrumenta el contrato de seguro. Refleja las normas que regulan las relaciones contractuales entre el Asegurador y el Asegurado. Sólo cuando ha sido emitido y aceptado por ambas partes se puede decir que han nacido los derechos y obligaciones que del mismo se derivan. Pese al tratamiento unitario que la legislación concede a la Póliza de Seguros, en la práctica es frecuente distinguir diferentes partes:

Condiciones Generales, Condiciones Particulares y Condiciones Especiales:

Las Condiciones Generales reflejan el conjunto de principios básicos que establece el Asegurador para regular todos los contratos de seguro del mismo ramo o modalidad.
Las Condiciones Particulares recogen aspectos relativos al riesgo individualizado, como: Tomador, Asegurado, Beneficiario, Efecto y vencimiento del contrato, Periocidad en el pago de primas e importe e las mismas, Riesgo cubierto, Objeto asegurado, etc.
Las Condiciones Especiales tienen como objeto perfilar o matizar el contenido de alguna de las normas establecidas., como: Franquicias a cargo del Asegurado, supresión de alguna exclusión o inclusión de otras nuevas, etc.
Cuando se habla de transporte, se conoce como Póliza de Fletamento o Charter Party (en idioma inglés).
 
Póliza Abierta
Es una mezcla de póliza aislada y flotante, mediante la cual se garantizan varias expediciones o viajes a realizar en un período concreto de tiempo.
 
Póliza Colectiva / Acumulada / De Grupo
Se da este nombre a aquella en la que, simultaneamente, existen varias personas aseguradas.
 
Póliza Flotante Abierta
Es aquella por la que en virtud de las características especiales del riesgo (Variabilidad del objeto asegurado, modificación de la cuantía del capital cubierto, etc.) se concede al Asegurado, dentro de unos límites y previo reconocimiento de determinadas condiciones, una garantía "abierta" en la que pueden establecerse aumentos o reducciones. Normalmente, la póliza flotante es consecuencia del deseo de simplificar los trámites administrativos que exigiría la actualización de una póliza en la que el riesgo estuviese sujeto a continuas variaciones.
 
Póliza Rehabilitada
Aquella que tras haber superado un periodo de suspensión de garantías, vuelve a adquirir plena vigencia en sus efectos, una vez desaparecidas las causas que motivaron su suspensión.
 
Póliza a todo Riesgo / Integral
Es la que garantiza contra todos los riesgos que pueden afectar a un objeto.
 
Polución o Contaminación
Es la mancha o daño que se produce al medioambiente por los desechos y desperdicios que no pueden ser absorbidos por el medio en el que han sido descargados o vertidos. Existen de varias clases, como las producidas por líquidos, sólidos, polvo, radiación etc.
 
Popa
Frente de obra que cierra un buque por su parte posterior y en la que va colocado el timón.
 
Prima
Aportación económica que ha de satisfacer el Tomador a la Entidad Aseguradora, en concepto de contraprestación por la cobertura de un riesgo. Jurídicamente es el elemento real más importante del Contrato de Seguros, porque su naturaleza, constitución y finalidad lo hacen ser esencial y típico de dicho contrato. Técnicamente es el coste de la probabilidad media teórica de que haya un siniestro.
Los elementos que componen la prima son:
Precio teórico medio de la probabilidad de que ocurra un siniestro.
Recargo por gastos de administración, producción, compensación y redistribución de riesgos, más el beneficio comercial.
Otros gastos accesorios o fiscales repercutibles en el Asegurado.
 
Prima Anual
Es la que se satisface de una sola vez para la cobertura de un riesgo durante 12 meses. Se diferencia de la Prima Fraccionada.
 
Prima de Cartera
Se distingue de la Prima de Nueva Producción. Corresponde a las anualidades sucesivas de una póliza.
 
Prima Cobrada
Se distingue de Prima Pendiente. Es cuando el importe ha sido satisfecho por el Tomador.
 
Prima Consumida / Vencida
Es la parte proporcional que corresponde a un periodo de riesgo ya vencido, riesgo corrido.
 
Prima Creciente  / Progresiva
Se distingue de la Prima Nivelada. Experimenta sucesivos aumentos a medida que transcurre el tiempo. Es característica del Seguro de Vida, que aumenta con la edad del Asegurado.
 
Prima Decreciente
Disminuye su importe a medida que pasa el tiempo. Propia de determinadas modalidades de ahorro en Seguros de Vida, al aumentar la edad del Asegurado, disminuye la probabilidad de vida y en consecuencia la probabilidad de hacer efectiva la indemnización prevista.
 
Prima de Depósito / Mínima / Regularizable
Es la que debe de satisfacer el Tomador con carácter de anticipo a cuenta de la que deberá satisfacer cuando sea conocido el riesgo. Es propia para Pólizas Flotantes o de Exceso de Perdidas.
 
Prima Devengada/ Computable
Porción de prima que corresponde al periodo de seguro transcurrido.
 
Prima Fija
Se distingue de la Prima Variable. Permanece constante durante la vigencia de la póliza.
 
Prima de Indemnización
Es la que debe de satisfacer el Tomador si rescinde el contrato antes de la fecha prevista. Se puede considerar una penalización por incumplimiento de lo pactado.
 
Prima Inicial
Se distingue de la Prima Sucesiva porque suele tener un importe mayor al incluirse recargos por derechos de emisión o formalización.
 
Prima Mínima / Regularizable
Es el importe mínimo que debe satisfacer el Tomador hasta que no se conozca cual será el definitivo. Característico de Póliza Flotantes.
Prima de Nueva Producción / Al Contado
Se distingue de la Prima de Cartera. Corresponde a la primera anualidad o periodo inicial de vigencia de la póliza.
Prima Pendiente
Se distingue de la Prima Cobrada. Es aquella parte de prima cuyo importe aun no ha sido satisfecho por el Tomador.
Prima de Riesgo
Se distingue de la Prima de Ahorro. En el seguro de Vida corresponde a la cobertura de fallecimiento del Asegurado.
Prima Única
Es el valor económico, en el momento de emitirse la póliza, que tiene el conjunto de obligaciones que asume el Asegurador.
Prima Vitalicia
Es la que se satisface mientras viva el Asegurado y la póliza siga en vigor.
Proa
Parte delantera del buque comprendida entre la última cuaderna y la roda, generalmente en forma de cuña, con el fin de presentar la menor resistencia posible al agua en la navegación.
Prorrata
Proporción que se establece para obtener la prima de una póliza en base a su duración. Ejemplo: Prima anual US $ 5,000.00., para saber la prorrata de 10 días dividiríamos los US $ 5,000.00 para 365 días y multiplicaríamos por 10.
Puerto
Lugar, natural o artificial, donde los buques pueden anclar o fondear protegidos de la mar abierta. Se denomina "puerto seguro" aquél donde un buque y su carga quedan protegidos de los peligros de la mar y otros peligros, incluso los derivados de interferencias políticas.

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Q

 

Quilla

Es la primera pieza robusta que se coloca al empezar la construcción de un buque, sobre la que se ejecuta toda la obra. En los buques de hierro o acero es la traca central del fondo.

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R
Radar
Aparato de navegación mediante el que se determina en una pantalla la posición de los objetos.

 

Ramo
Modalidad o conjunto de modalidades de seguro relativas a riesgos de características similares. Ejemplos: Ramo de Vida, Ramo de Incendios, Ramo de Automóviles, etc.

Reaseguro
Contrato de seguro mediante el cual un asegurador vuelve a asegurar con otro, comúnmente conocido como "Reasegurador", todo o parte de un riesgo que ha asumido previamente. Existen diversos tipos de contratos de reaseguro, siendo los más comunes los conocidos como de "cuota-parte", "exceso de pérdida", de "excedente" y "facultativo".
Reaseguro Cedente
Entidad Aseguradora que cede parte de su propio negocio al Reasegurador. También se le conoce como Reasegurado o Asegurador directo.
Reaseguro Reasegurado
Entidad Aseguradora que tiene un riesgo o conjunto de ellos bajo la cobertura de un Contrato de Reaseguro.
Reaseguro Reasegurador
Entidad que acepta una cobertura de reaseguro.
Reaseguro Suscripción
Importe total del negocio asumido por el Asegurador, parte del cual es retenido y el resto cedido.
Reaseguro Retención
Parte del negocio que el Asegurador retiene respecto al total que suscribe.
Reaseguro Cesión
Negocio cedido por la Cedente al Reasegurador. Es la diferencia entre suscripción y retención.
Reaseguro Comisión
Importe que el Reasegurador abona a la Cedente para compensarle de los gastos de producción y administración realizados por esta para obtener el negocio que cede.
Reaseguro Participación en Beneficios
Importe con que la entidad Cedente participa en los beneficios que el Reasegurador obtiene del negocio que aquella le ha cedido.
Reaseguro Cover
Documento por el que el Reasegurador garantiza la cobertura del riesgo. También se llama Nota de cobertura.
Reaseguro Tratador
Documento en el que se establecen las obligaciones del Cedente y del Reasegurador. También se llama Contrato o Convenio de Reas